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Equipo Abogadía10 de abril de 20267 min de lectura

En Chile, la mediación es un requisito previo obligatorio en materias de familia y salud. Conoce cuándo debes pasar por mediación antes de ir al tribunal, cómo funciona el proceso y qué ocurre si fracasa.

Antes de presentar una demanda en materias de familia o salud en Chile, la ley puede exigirte pasar por un proceso de mediación. No es opcional: si no completas el trámite previo, el tribunal puede rechazar tu demanda. Esta exigencia busca descongestionar los tribunales y fomentar soluciones consensuales entre las partes.

¿Qué es la mediación?

La mediación es un procedimiento en el que un tercero imparcial (el mediador) facilita la comunicación entre las partes para que lleguen a un acuerdo por sí mismas. El mediador no decide ni falla: su rol es ayudar a las partes a encontrar una solución consensuada. En Chile, la mediación está regulada principalmente por la Ley 19.968 (que crea los Tribunales de Familia) y la Ley 19.966 (Garantías Explícitas en Salud, GES).

Mediación familiar obligatoria previa: Ley 19.968

El Art. 106 de la Ley 19.968 establece que antes de interponer demanda ante un Tribunal de Familia en las siguientes materias, las partes deben intentar una mediación:

  • Alimentos (pensión alimenticia)
  • Cuidado personal de los hijos (tuición)
  • Relación directa y regular (visitas)

Para estas tres materias, la mediación previa es obligatoria e imprescindible. No puede iniciarse el juicio sin el certificado que acredita que se intentó la mediación (con o sin acuerdo).

Otras materias de familia, como divorcio de mutuo acuerdo, compensación económica o liquidación de sociedad conyugal, no requieren mediación previa, aunque las partes pueden solicitarla voluntariamente.

Mediación en salud y negligencia médica: Ley 19.966

La Ley 19.966 introdujo un sistema de mediación obligatoria para reclamaciones contra prestadores de salud públicos (como hospitales del SNSS y del Ejército, entre otros). Las reclamaciones contra prestadores privados se canalizan ante la Superintendencia de Salud. En ambos casos, antes de ir a tribunales civiles por negligencia o mal praxis médica, debe intentarse la mediación. El organismo a cargo para el sector público es el Consejo de Defensa del Estado (CDE).

¿Cómo funciona el proceso de mediación familiar?

  1. Solicitud: Cualquiera de las partes puede solicitar mediación ante el mediador registrado o pedir derivación desde el Tribunal de Familia. También puede iniciarse de forma directa ante un mediador del Registro.
  2. Primera sesión: El mediador explica el proceso, sus reglas y la confidencialidad. Las partes pueden comparecer con o sin abogado.
  3. Sesiones de mediación: El número de sesiones varía según el conflicto. El plazo máximo del proceso de mediación es de 60 días corridos, prorrogables por acuerdo de las partes hasta 90 días.
  4. Acuerdo o fracaso: Si las partes llegan a acuerdo, se suscribe un acta que, homologada por el tribunal, tiene fuerza de sentencia ejecutoriada. Si fracasa, el mediador extiende un certificado de mediación frustrada, que habilita a la parte para presentar su demanda.

¿Cuánto cuesta la mediación?

En materias de familia (alimentos, cuidado personal, relación directa y regular), la mediación realizada con mediadores del sistema licitado por el Ministerio de Justicia es gratuita para ambas partes. Si las partes optan por un mediador privado del Registro, el costo lo acuerdan directamente con él.

Registro de Mediadores

Los mediadores en Chile deben estar inscritos en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Para inscribirse, deben acreditar formación profesional, capacitación en mediación y no tener inhabilidades legales. El Registro es público y puede consultarse en el sitio del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

¿Qué pasa si una parte no quiere participar?

Si la parte requerida no asiste a la primera sesión de mediación (o la abandona injustificadamente), el mediador puede declarar la mediación frustrada por inasistencia. En ese caso, se emite el certificado correspondiente y la parte requirente queda habilitada para presentar su demanda. No participar de mala fe en la mediación puede ser considerado por el tribunal al momento de resolver sobre costas.

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